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BOE-A-2026-11056 ·22 de mayo de 2026 ·orden Impacto medio
Subvenciones

Empresas que solicitan ayudas por Next Generation EU: 30 días para ajustar condiciones de solicitud en los programas de Sepides

La Orden ITU/498/2026 modifica las bases de varios programas de subvenciones gestionados por Sepides, E.P.E., alineándose con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se actualizan los arts. 3 y 21.2 de ITU/218/2026, entre otros, para ajustar criterios de elegibilidad y condiciones de solicitud. El cambio afecta directamente a las empresas que presentan solicitudes en estos programas.

En 2 claves

  1. Se modifican los arts. 3 y 21.2 de la Orden ITU/218/2026, de 12 de marzo (art. 3 de la Orden ITU/498/2026)
  2. Los cambios afectan a programas de subvenciones gestionados por Sepides, E.P.E. (art. 3 de la Orden ITU/498/2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que soliciten ayudas en programas gestionados por Sepides, E.P.E.
  • Programas de ayudas relacionados con energía, industria, medio ambiente o investigación

art. 3 de la Orden ITU/498/2026

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas que soliciten ayudas en programas gestionados por Sepides, E.P.E.
  • Programas de ayudas relacionados con energía, industria, medio ambiente o investigación

art. 3 de la Orden ITU/498/2026

Cómo afecta a los implicados

Las empresas que participan en programas de ayudas gestionados por Sepides, E.P.E., deben revisar sus solicitudes para cumplir con las nuevas condiciones de elegibilidad establecidas en los arts. 3 y 21.2 de ITU/218/2026. El plazo de ajuste es de 30 días desde la entrada en vigor. Las administraciones no sufren cambios operativos directos. El riesgo de rechazo de solicitudes aumenta si no se cumplen los nuevos criterios.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar condiciones de elegibilidad en los programas de ayudas gestionados por Sepides, E.P.E. art. 3 de la Orden ITU/498/2026 30 días desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-05-22PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-22Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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