La Resolución de 11 de mayo de 2026 publica el Acta de la Comisión negociadora que aprobó tablas salariales para 2026 en el sector de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas. Estas tablas deben ser incorporadas por las empresas afectadas en un plazo de 30 días desde la publicación (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015). El texto se enmarca en el Convenio colectivo general correspondiente y se refiere a la publicación previa por Resolución de 2 de marzo de 2026.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Las empresas del sector de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas deben actualizar sus tablas salariales en un plazo de 30 días (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015). El cambio obliga a alinearse con las nuevas tablas, que afectan directamente a los salarios de los trabajadores. No hay impacto en trabajadores o particulares fuera del sector. Las administraciones no tienen acción directa, pero deben garantizar la publicación del acta.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar las tablas salariales aprobadas en el plazo de 30 días desde la publicación | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | 30 días desde la publicación |
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