Los beneficiarios del Bono Cultural Joven deben presentar sus solicitudes antes del 31 de diciembre de 2026
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 401/2026 deroga el RD 191/2023 y establece las normas del Bono Cultural Joven. Los solicitantes deben presentar sus solicitudes antes del 31 de diciembre de 2026 para acceder al beneficio (art. 2). Este cambio supone una actualización del régimen de subvenciones para jóvenes en el ámbito cultural.
En 2 claves
- El RD 191/2023 se deroga por el RD 401/2026 (art. 1)
- Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31 de diciembre de 2026 (art. 2)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas que ofrezcan actividades culturales a jóvenes
Aplica a este perfil
- Autónomos que ofrezcan actividades culturales a jóvenes
Aplica a este perfil
- Jóvenes entre 16 y 25 años que deseen acceder al bono
art. 2
Como afecta a los implicados
Los jóvenes y familias que solicitan el Bono Cultural Joven deben presentar sus solicitudes antes del 31 de diciembre de 2026. Las administraciones culturales deben actualizar sus procesos de evaluación. Los asesores deben informar a sus clientes sobre el nuevo plazo y la derogación del RD 191/2023.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud del Bono Cultural Joven antes del 31 de diciembre de 2026 | art. 2 | hasta el 31 de diciembre de 2026 |
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