El Acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo estatal para el personal de salas de fiesta, baile, discotecas y locales de ocio introduce nuevas condiciones laborales, como las establecidas en el nuevo anexo VII, que entran en vigor el 1 de enero de 2026. Estas modificaciones afectan directamente a los trabajadores y a las empresas que operan en estos sectores, y deben adaptar sus prácticas laborales conforme a las nuevas normas (art. 1, 7, 11, anexo VII).
Aplica a este perfil
art. 1
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Los trabajadores en salas de fiesta y ocio pasan a tener nuevas condiciones de jornada y derechos laborales, como el derecho a descanso y horarios más regulados. Las empresas deben revisar sus contratos y planes de trabajo para cumplir con las nuevas normas. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientaciones para los trabajadores afectados. Las administraciones locales podrían tener que ajustar sus registros de empleo.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y ajustar las condiciones laborales según el nuevo anexo VII del convenio | art. 1 |
El equipo laboral revisa tu situación concreta.