Empresas del comercio de flores y plantas: 30 días para aplicar nuevos aumentos salariales
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 7 de mayo de 2026 publica las nuevas tablas salariales del XVIII Convenio Colectivo Estatal para el comercio de flores y plantas, estableciendo aumentos salariales para 2026 conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2015 y el Real Decreto 713/2010. Estos cambios entran en vigor tras un plazo de 30 días desde su publicación, según lo establecido en el art. 90.2 y 3 del texto refundido. Las empresas deben aplicar los nuevos salarios a partir de la fecha de entrada en vigor, que será el 20 de junio de 2026.
En 2 claves
- Las empresas deben aplicar los nuevos salarios a partir del 20 de junio de 2026 (art. 90.2 y 3 del texto refundido por RDL 2/2015)
- El plazo para la aplicación es de 30 días desde la publicación (art. 90.2 y 3 del texto refundido por RDL 2/2015)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas del comercio de flores y plantas
- Con independencia del tamaño
art. 90.2 y 3 del texto refundido por RDL 2/2015
Aplica a este perfil
- Autónomos que desarrollen actividades en el comercio de flores y plantas
Como afecta a los implicados
Las empresas del sector de flores y plantas deben actualizar sus salarios de acuerdo con las nuevas tablas salariales publicadas. Los trabajadores percibirán aumentos salariales a partir del 20 de junio de 2026. Los asesores laborales deben revisar los contratos y ajustar las cláusulas salariales. Las administraciones regionales podrían verificar el cumplimiento del convenio en el ámbito laboral.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar los nuevos salarios establecidos en el acuerdo del 2026 | art. 90.2 y 3 del texto refundido por RDL 2/2015 | 30 días desde la publicación |
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