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Laboral

Empresas del sector postal: 3 meses para incorporar el nuevo artículo 40 bis del convenio colectivo

BOE-A-2026-10859

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 20 may 2026, 20:52

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-10859
Publicacion
20 may 2026
Entrada en vigor
20 may 2026 (en vigor)

Resumen

El Acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo de International Mail Spain, SL. añade el artículo 40 bis, que regula condiciones específicas en el sector postal. Este cambio entra en vigor tras la publicación y debe ser incorporado por las empresas afectadas dentro de un plazo de tres meses, según lo establecido en la resolución (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015).

En 2 claves

  1. Se añade el artículo 40 bis al convenio colectivo para regular condiciones específicas en el sector postal (art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y AÑADE el 40 bis)
  2. Plazo de tres meses para incorporar las nuevas condiciones tras la publicación (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector postal
  • Convenio colectivo de International Mail Spain, SL.

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Autónomos que trabajen en el sector postal

Como afecta a los implicados

Las empresas del sector postal, especialmente las de International Mail Spain, SL., deben adaptar sus prácticas laborales conforme al nuevo artículo 40 bis. Los trabajadores podrían ver modificadas condiciones de trabajo o jornada. Los asesores laborales deben verificar el contenido del nuevo artículo y asesorar a sus clientes sobre las nuevas obligaciones. Las administraciones públicas podrían requerir la actualización de registros laborales.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Incorporar el artículo 40 bis del convenio colectivo en las políticas laborales art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis 3 meses desde la publicación

Linea de vida

2026-05-20PublicacionPublicacion en el BOE
2026-05-20Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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