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BOE-A-2026-10859 ·20 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector postal: 3 meses para aplicar cambios en jornada y condiciones de trabajo en artículos 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis

El Acuerdo de modificación parcial del Convenio colectivo de International Mail Spain, SL. actualiza condiciones laborales en jornada, salario y horarios. Los cambios entran en vigor tras su publicación y se aplican a los trabajadores del sector postal. Se añade el artículo 40 bis que regula nuevas condiciones específicas (art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis).

En 2 claves

  1. Se modifican artículos 20, 22, 31, 33, 35 y 37 del convenio (art. 20, 22, 31, 33, 35, 37)
  2. Se añade el artículo 40 bis sobre nuevas condiciones laborales (art. 40 bis)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector postal
  • Con trabajadores bajo el convenio de International Mail Spain, SL.

art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector postal deben ajustar sus contratos y registros laborales conforme a los nuevos artículos del convenio (art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis). Los trabajadores reciben nuevas condiciones de jornada y salario. Las administraciones públicas que gestionan el sector deben actualizar sus bases de datos. El plazo de adaptación no se especifica en el texto, pero se entiende que debe cumplirse en el marco del cumplimiento del convenio vigente.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar contratos laborales conforme a los nuevos artículos del convenio art. 20, 22, 31, 33, 35, 37 y 40 bis

Línea de vida

2026-05-20PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-20Entra en vigorEntrada en vigor (resolución de 7 de mayo de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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