Ryanair debe publicar el convenio colectivo de tripulantes de cabina hasta el 31 de marzo de 2030
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 7 de enero de 2026 registra y publica el Convenio Colectivo de Ryanair DAC para tripulantes de cabina de pasajeros, conforme a lo establecido en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El convenio tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2030 y es prorrogable. Este registro permite que los trabajadores de cabina en Ryanair en España tengan acceso a sus derechos laborales conforme al convenio firmado.
En 2 claves
- El convenio tiene vigencia hasta el 31 de marzo de 2030 (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
- El convenio es prorrogable (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- No aplica directamente a pymes, solo a Ryanair
Aplica a este perfil
- No aplica a autónomos, solo a tripulantes de cabina
Aplica a este perfil
- Empresas aéreas con tripulantes de cabina como Ryanair
art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
Como afecta a los implicados
Los tripulantes de cabina de Ryanair en España pasan a tener derecho a las condiciones laborales establecidas en el nuevo convenio colectivo. Las empresas de transporte aéreo deben garantizar el cumplimiento de las condiciones laborales establecidas. Los asesores laborales deben actualizar sus informes sobre condiciones de trabajo para este colectivo. La administración pública puede usar el registro como referencia para futuras verificaciones.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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