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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre tradición

33 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «tradición», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 33 consultas · 2015–2024

Criterio vigente

La transmisión de la propiedad de un inmueble se produce en el momento en que se pone el bien en poder y posesión del adquirente. Si se utiliza un contrato privado, es necesario acreditar la existencia del documento en la fecha alegada y la entrega real y efectiva de la cosa, como la entrega de llaves o la ocupación. En ausencia de prueba, se aplicarán las reglas del artículo 1227 del Código Civil para determinar la fecha.

La DGT mantiene la premisa de que la transmisión ocurre con la entrega de la cosa, pero ha pasado de considerar la escritura pública como el equivalente automático de la entrega a exigir la prueba de la posesión real. Las consultas más recientes enfatizan la necesidad de acreditar la entrega efectiva (llaves o ocupación) para validar fechas de contratos privados.

Puntos de inflexión

  1. V0780-20

    Establece que la escritura pública es la fecha por defecto, salvo que se acredite la entrega en un momento anterior mediante medios de prueba admitidos en Derecho.

  2. V2593-24

    Precisa que la transmisión requiere la puesta en poder y posesión, exigiendo probar la entrega real y efectiva, como la entrega de llaves o la ocupación, para contratos privados.

Análisis basado en 33 de 33 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

33 consultas

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