Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las retribuciones al cónyuge o hijos menores son rendimientos del trabajo si son deducibles como gasto en la actividad económica. Para ello, deben acreditarse mediante contrato y afiliación al régimen de trabajadores por cuenta ajena, ya que la afiliación al RETA no es válida para este fin. No obstante, si se prueba la dependencia laboral, la DGT permite la calificación de rendimientos del trabajo. Esta condición se extiende a las cotizaciones al RETA satisfechas por el titular por dicho familiar.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de afiliación al régimen de trabajadores por cuenta ajena para la deducibilidad de retribuciones a familiares. A lo largo de las consultas, se ha reafirmado que la afiliación al RETA no es válida para este propósito, salvo que se pruebe la dependencia laboral. El criterio sobre la deducibilidad de las cuotas del RETA pagadas por sociedades a administradores también se ha mantenido estable.
Análisis basado en 28 de 31 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.