Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El gravamen especial sobre premios de loterías y apuestas se aplica sobre la parte que exceda de la cuantía exenta de 40.000 euros. Dicha exención se prorratea entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda. Este gravamen no se integra en la base imponible del IRPF.
La posición de la DGT ha mantenido la mecánica de prorrateo de la exención entre cotitulares. El cambio principal radica en la cuantía de la exención, que ha pasado de 2.500 euros en 2014 (V0021-14) a 40.000 euros en las consultas más recientes (V1519-24).
Puntos de inflexión
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Introduce la exención de 40.000 euros por cupón y aclara que estos premios no se integran en la base imponible del IRPF.
Análisis basado en 44 de 45 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.