Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Se consulta si una Real Academia de Ciencias, asociada al Instituto de España, goza de exención total en el IS y puede aplicar el régimen de entidades sin fines lucrativos. La DGT responde que no, al no estar integrada formalmente en el Instituto de España.
Si la entidad consultante, como Academia Asociada al Instituto de España según acuerdo de la Mesa del Instituto de España de 28 de febrero de 1990, goza de la exención total regulada en el artículo 9.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si puede optar al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regulado en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, según lo establecido en su disposición adicional décima.
La entidad consultante es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades por tener residencia en España y personalidad jurídica. No está exenta según el artículo 9.1 de la LIS porque no es una de las Reales Academias que forman parte del Instituto de España según el Real Decreto 1160/2010. Por tanto, no le es aplicable la disposición adicional décima de la Ley 49/2002.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V4059-16 Órgano SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Fecha salida 22/09/2016 Normativa Ley 49/2002, disposición adicional 10ª LIS Ley 27/2014 arts. 7, 9 Descripción de hechos La entidad consultante es una Real Academia de Ciencias, corporación de derecho público de carácter científico, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar. Fue reconocida como Academia por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 1985. Posteriormente, en 1988, le fue concedido por Su Majestad el Rey el título de Real. Y la Mesa del Instituto de España acordó otorgarle la condición de Academia Asociada en 1990. Sus vigentes estatutos se aprobaron por Real Decreto en 2014. Cuestión planteada Si la entidad consultante, como Academia Asociada al Instituto de España según acuerdo de la Mesa del Instituto de España de 28 de febrero de 1990, goza de la exención total regulada en el artículo 9.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si puede optar al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regulado en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, según lo establecido en su disposición adicional décima. Contestación completa La entidad consultante, según establecen sus estatutos, es una corporación de derecho público de carácter científico, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar. Tiene ámbito nacional y sede en Madrid. El artículo 7.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), establece que serán contribuyentes del Impuesto, cuando tengan su residencia en territorio español, entre otros, las personas jurídicas, excluidas las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil. De acuerdo con ello, la entidad consultante, como entidad con residencia en territorio español y personalidad jurídica, es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades. A su vez, el artículo 9.1 de la LIS, establece que: “1. Estarán totalmente exentos del Impuesto: a) El Estado, las Comunidades Autónomas y las entidades locales. b) Los organismos autónomos del Estado y entidades de derecho público de análogo carácter de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales. c) El Banco de España, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y los Fondos de garantía de inversiones. d) Las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social. e) El Instituto de España y las Reales Academias oficiales integradas en aquél y las instituciones de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia que tengan fines análogos a los de la Real Academia Española. f) Los organismos públicos mencionados en las Disposiciones adicionales novena y décima, apartado 1, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como las entidades de derecho público de análogo carácter de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales. g) Las Agencias Estatales a que se refieren las Disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de la Ley 28/2006, de 18 de julio, de las Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos, así como aquellos Organismos públicos que estuvieran totalmente exentos de este Impuesto y se transformen en Agencias estatales. h) El Consejo Internacional de Supervisión Pública en estándares de auditoría, ética profesional y materias relacionadas.” De acuerdo con la letra e) de este apartado 1 del artículo 9 de la LIS, están totalmente exentos del Impuesto sobre Sociedades, el Instituto de España y las Reales Academias oficiales integradas en aquél y las instituciones de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia que tengan fines análogos a los de la Real Academia Española. El artículo 1 del Real Decreto 1160/2010, de 17 de septiembre, por el que se regula el Instituto de España, establece que: “1. El Instituto de España es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que reúne a las Reales Academias de ámbito nacional que se relacionan en el apartado siguiente, para la coordinación de las funciones que deban ejercer en común. 2. Forman parte del Instituto de España: a) La Real Academia Española. b) La Real Academia de la Historia. c) La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. d) La Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales. e) La Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. f) La Real Academia Nacional de Medicina. g) La Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. h) La Real Academia Nacional de Farmacia. i) La Real Academia de Ingeniería. 3. El Gobierno, a propuesta del Ministro de Educación y previo informe del Instituto de España y de las Academias que lo integran, podrá acordar la integración en el Instituto de otras Academias de ámbito nacional, valorando su trayectoria y la calidad y excelencia de sus miembros y actividades.” La entidad consultante no se encuentra entre las Reales Academias que, de acuerdo con el apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto 1160/2010, forman parte del Instituto de España, de manera que no se considera integrada en el mismo. Se trata de una Academia Asociada al Instituto de España, condición que se le otorgó en 1990 por acuerdo de la Mesa del Instituto de España. Tampoco tiene la consideración de institución de una comunidad autónoma con lengua oficial propia que tenga fines análogos a los de la Real Academia Española. En consecuencia, no se encuentra comprendida en la letra e) del apartado 1 del artículo 9 de la LIS. Tampoco se encuentra comprendida en ninguna de las restantes letras del citado apartado 1 del artículo 9 de la LIS, por lo que no está totalmente exenta del Impuesto sobre Sociedades en virtud de dicho apartado. Por otra parte, la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, establece en su disposición adicional décima que: “Disposición adicional décima. Régimen tributario del Instituto de España y las Reales Academias integradas en el mismo, así como de las instituciones de las Comunidades Autónomas que tengan fines análogos a los de la Real Academia Española. Las exenciones establecidas en el artículo 15 de esta Ley serán de aplicación al Instituto de España y a las Reales Academias integradas en el mismo, así como a las instituciones de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia que tengan fines análogos a los de la Real Academia Española. Estas entidades serán consideradas entidades beneficiarias del mecenazgo a los efectos previstos en los artículos 16 a 25, ambos inclusive, de esta Ley.” De acuerdo con lo señalado anteriormente, esta disposición adicional no resulta de aplicación a la entidad consultante. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso