La Universidad de Mallorca debe añadir la disposición adicional 7 a la Ley 2/2003, de 20 de marzo
Ficha tecnica
Resumen
La Ley 2/2026 de la Universidad de Mallorca establece que se añada la disposición adicional 7 a la Ley 2/2003, de 20 de marzo, conforme a normas de conformidad establecidas en el art. 4.1 de la LO 2/2023, el art. 3.1 del R.D. 640/2021 y los arts. 36.4 y 48.2 del Estatuto aprobado por la LO 1/2007. Este cambio busca alinear la normativa universitaria con las exigencias generales de educación y gestión administrativa.
En 3 claves
- Se añade la disposición adicional 7 a la Ley 2/2003, de 20 de marzo (disposición adicional 7 a la Ley 2/2003)
- Conformidad con el art. 4.1 de la LO 2/2023 (art. 4.1 de la Ley Orgánica 2/2023)
- Conformidad con el art. 3.1 del R.D. 640/2021 (art. 3.1 del Real Decreto 640/2021)
A quien afecta
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Como afecta a los implicados
La Universidad de Mallorca debe realizar la actualización normativa en su reglamento interno. Los servicios administrativos y de gestión universitaria deben adaptar sus procedimientos para incorporar la nueva disposición. Los estudiantes y personal docente podrían ver modificadas las condiciones de acceso o gestión de servicios. Los asesores universitarios deben verificar si esta actualización afecta a procesos de solicitud o evaluación.
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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