La Resolución del Banco de España publica los nuevos tipos de cambio del euro respecto al dólar, yenes, libras, etc., a partir del 15 de enero de 2026, conforme al artículo 36 de la Ley 46/1998 (cite: art. 36). Estos cambios tienen efecto oficial y deben ser utilizados en operaciones financieras, contratos y declaraciones tributarias donde se requieran tasas de cambio oficiales.
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art. 36
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Los empresarios, particulares y entidades financieras deben actualizar sus cálculos de conversiones en operaciones internacionales, contratos o declaraciones fiscales. Los asesores y gestores de finanzas deben revisar sus cálculos para evitar errores en tasas. Las administraciones tributarias podrían exigir el uso de estas tasas oficiales en declaraciones. El cambio no genera costes directos, pero implica una actualización obligatoria en todos los procesos que usen tasas de cambio.
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