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BOE-A-2026-9359 ·30 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Mercantil

Los arrendadores y arrendatarios: 30 días para dejar de aplicar el RD-ley 8/2026

La Resolución de 28 de abril de 2026 deroga el Real Decreto-ley 8/2026 de 20 de marzo, que establecía medidas en el alquiler. Desde la fecha de publicación, los contratos de arrendamiento urbanos ya no pueden aplicar las normas de ese RD-ley, y se deja sin efecto la relación con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre. Esto afecta directamente a los arrendadores y arrendatarios en contratos de viviendas urbanas.

En 2 claves

  1. Deroga el RD-ley 8/2026 de 20 de marzo (texto fuente)
  2. Se deja sin efecto la relación con la Ley 29/1994 (texto fuente)

A quién afecta

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  • Empresas con actividades de alquiler de viviendas

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  • Autónomos que gestionen viviendas a arrendar

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  • Propietarios o arrendatarios de viviendas urbanas

texto fuente

Cómo afecta a los implicados

Los arrendadores pierden las nuevas medidas de alquiler introducidas por el RD-ley 8/2026 y deben volver a aplicar la Ley 29/1994. Los arrendatarios recuperan el derecho a las condiciones previas al RD-ley. Las administraciones locales y los notarios deben actualizar sus registros. Los asesores deben revisar los contratos en curso para asegurar que se aplican las normas anteriores.

Línea de vida

2026-04-30PublicacionPublicación en el BOE
2026-05-03Entra en vigorEntrada en vigor (texto fuente)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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