Los arrendadores y arrendatarios: 30 días para dejar de aplicar el RD-ley 8/2026
Ficha tecnica
Resumen
La Resolución de 28 de abril de 2026 deroga el Real Decreto-ley 8/2026 de 20 de marzo, que establecía medidas en el alquiler. Desde la fecha de publicación, los contratos de arrendamiento urbanos ya no pueden aplicar las normas de ese RD-ley, y se deja sin efecto la relación con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre. Esto afecta directamente a los arrendadores y arrendatarios en contratos de viviendas urbanas.
En 2 claves
- Deroga el RD-ley 8/2026 de 20 de marzo (texto fuente)
- Se deja sin efecto la relación con la Ley 29/1994 (texto fuente)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con actividades de alquiler de viviendas
Aplica a este perfil
- Autónomos que gestionen viviendas a arrendar
Aplica a este perfil
- Propietarios o arrendatarios de viviendas urbanas
texto fuente
Como afecta a los implicados
Los arrendadores pierden las nuevas medidas de alquiler introducidas por el RD-ley 8/2026 y deben volver a aplicar la Ley 29/1994. Los arrendatarios recuperan el derecho a las condiciones previas al RD-ley. Las administraciones locales y los notarios deben actualizar sus registros. Los asesores deben revisar los contratos en curso para asegurar que se aplican las normas anteriores.
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar contratos de arrendamiento para dejar de aplicar el RD-ley 8/2026 | texto fuente |
Linea de vida
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