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BOE-A-2026-9077 ·25 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas y particulares: 1 mes para actualizar tasas de cambio oficiales en registros financieros

La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio oficiales del euro para el 24 de abril de 2026, conforme al artículo 36 de la Ley 46/1998. Estas tasas, como 1 euro = 1,1712 dólares, deben ser incorporadas en registros financieros y contables. El cambio afecta a todos los sujetos que utilicen el euro como moneda en operaciones internacionales o en cuentas de cambio.

En 2 claves

  1. Las tasas de cambio oficiales se actualizan mensualmente y deben usarse en registros financieros (art. 36 Ley 46/1998)
  2. 1 euro = 1,1712 dólares USA (cambio oficial del 24/04/2026) (cambio 1 euro = 1,1712 dólares USA)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que realicen operaciones internacionales
  • Que utilicen el euro en sus cuentas o pagos

art. 36 Ley 46/1998

Aplica a este perfil

  • Autónomos que realicen operaciones internacionales
  • Que tengan cuentas en moneda extranjera

art. 36 Ley 46/1998

Aplica a este perfil

  • Particulares que realicen compras o ventas en moneda extranjera
  • Que tengan cuentas de cambio o de divisas

art. 36 Ley 46/1998

Cómo afecta a los implicados

Las empresas y particulares que gestionan operaciones internacionales deben actualizar sus registros financieros con las nuevas tasas para evitar errores en el cálculo de ganancias, impuestos o costes. Los asesores financieros deben revisar sus procedimientos de contabilidad y asegurarse de que los registros estén alineados con las tasas oficiales. Las administraciones públicas que gestionan pagos internacionales también deben ajustar sus sistemas internos.

Línea de vida

2026-04-25PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-25Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 24 de abril de 2026, del Banco de España)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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