La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio del euro efectivas el 15 de abril de 2026, aprobadas por el Banco Central Europeo, que ahora tienen efecto oficial según el artículo 36 de la Ley 46/1998 (art. 36). Estas tasas sustituyen las anteriores y deben usarse en operaciones financieras, contratos y comunicaciones comerciales que requieran valores de cambio. El cambio se produce de forma automática y no requiere acción específica por parte de los usuarios.
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art. 36
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Los empresarios, comerciantes y particulares que realicen operaciones internacionales deben actualizar sus cálculos de precios, costes o ingresos según las nuevas tasas de cambio. Las empresas que operan en divisas deben revisar sus contratos y presupuestos. Los asesores financieros deben incorporar las nuevas tasas en sus informes y recomendaciones. No hay impacto en el régimen tributario ni en la gestión interna, pero se requiere actualización de datos en sistemas financieros y comerciales.
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