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BOE-A-2026-8394 ·16 de abril de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Extranjeria

Solicitantes de residencia: 15 días para presentar solicitudes en oficinas de la Administración General del Estado en el Territorio

La resolución de 15 de abril de 2026 publica un acuerdo de encomienda que delega a la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio la recepción de solicitudes de autorizaciones de residencia reguladas en el Real Decreto 316/2026. Este cambio amplía el acceso a puntos de recepción de solicitudes, facilitando el trámite para los extranjeros en zonas donde no existen oficinas de Gestión Migratoria. La recepción se realiza en el territorio nacional, conforme al artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015.

En 2 claves

  1. Solicitudes de residencia pueden presentarse en oficinas de la Administración General del Estado en el Territorio (art. 11.3.a) Ley 40/2015)
  2. El acuerdo de encomienda se publica en el BOE el 15 de abril de 2026 (Resolución de 15 de abril de 2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Solicitantes de autorizaciones de residencia reguladas en el Real Decreto 316/2026

art. 11.3.a) Ley 40/2015

Aplica a este perfil

  • Extranjeros que soliciten autorizaciones de residencia en España

art. 11.3.a) Ley 40/2015

Cómo afecta a los implicados

Los extranjeros que solicitan autorizaciones de residencia pueden presentar sus pedidos en oficinas de la Administración General del Estado en el Territorio, lo que mejora el acceso en zonas sin sede migratoria. Las administraciones públicas reducen la carga en centros migratorios. Los asesores y representantes deben actualizar sus procedimientos para indicar los nuevos puntos de recepción y los plazos de presentación. Los solicitantes ganan en comodidad y cobertura territorial.

Línea de vida

2026-04-16PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-16Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 15 de abril de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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