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Las comunidades autónomas y Ceuta/Melilla: 30 días para adaptar el régimen de ayudas de conectividad

BOE-A-2026-7445

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 2 abr 2026, 14:20

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-7445
Publicacion
2 abr 2026
Entrada en vigor
2 abr 2026 (en vigor)

Resumen

El Real Decreto 267/2026 modifica el RD 987/2021 al establecer un nuevo plazo de 30 días para la adaptación del régimen de ayudas de conectividad en centros públicos. Este cambio afecta directamente a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, que deben ajustar sus procedimientos de concesión de ayudas conforme a la nueva normativa (art. 1.3, 4.1 y 14). El objetivo es garantizar la eficiencia y transparencia en la gestión de las ayudas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En 3 claves

  1. Comunidades autónomas y Ceuta/Melilla deben adaptar sus procedimientos en 30 días (art. 1.3)
  2. El régimen de ayudas se modifica en los arts. 4.1 y 14 del RD 987/2021 (art. 4.1)
  3. La modificación se basa en el RD-ley 36/2020, arts. 47 y 60 (art. 14)

A quien afecta

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Como afecta a los implicados

Para las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, implica un plazo de adaptación de 30 días para ajustar sus procedimientos de concesión de ayudas, lo que puede generar retrasos si no se actúa a tiempo. Las administraciones públicas deben reorganizar sus procesos de evaluación y aprobación. Los asesores de ayudas deben verificar que los nuevos plazos se aplican correctamente en los procedimientos locales.

Linea de vida

2026-04-02PublicacionPublicacion en el BOE
2026-04-02Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final)

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Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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