La resolución establece que desde el 16 de abril de 2026, las empresas que gestionen animales protegidos pueden presentar su autoliquidación de la tasa CITES por vía telemática, conforme a la disposición adicional 5 del Real Decreto 986/2021. Este cambio permite una presentación más ágil y digital, reemplazando el procedimiento anteriormente presencial. La Ley 32/2007 establece el marco general de la tasa, pero esta resolución especifica el procedimiento telemático y su fecha de aplicación.
Aplica a este perfil
disposición adicional 5 del Real Decreto 986/2021
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Para empresas que gestionan animales protegidos, se facilita el cumplimiento administrativo mediante una presentación telemática, reduciendo costos y tiempos. Los trabajadores y gestores de explotaciones ganan en eficiencia y accesibilidad. Las administraciones reducen carga presencial. Los asesores deben actualizar sus procedimientos para incluir el canal telemático y verificar el cumplimiento del plazo de presentación.
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