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BOE-A-2026-675 ·13 de enero de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Administrativo

Empresas en sector energía: 3 meses para incorporar certificado profesional en instalación y mantenimiento de sistemas geotérmicos en circuito cerrado

El Real Decreto 2/2026 establece el certificado profesional para instalación y mantenimiento de sistemas geotérmicos en circuito cerrado, de la familia Energía y Agua. Se fija el currículo y las ofertas de grados A y B. El plazo para su incorporación en los planes formativos es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).

En 3 claves

  1. Se establece el certificado profesional para instalación y mantenimiento de sistemas geotérmicos en circuito cerrado (art. 1)
  2. Ofertas de grados A y B incluidas en el certificado profesional (art. 2)
  3. Plazo de tres meses para incorporar el certificado en planes formativos (art. 4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector energía y agua
  • Con actividad en instalación o mantenimiento de sistemas geotérmicos

art. 1

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 1

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector energía y agua
  • Con instalaciones geotérmicas

art. 1

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector de energía y agua deben integrar el nuevo certificado profesional en sus planes de formación técnica para cumplir con la normativa vigente. Los centros de formación deben actualizar sus programas según el currículo establecido (art. 3). El plazo de adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor. No afecta a trabajadores directamente, pero implica cambios en la formación técnica de personal operativo.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Incorporar el certificado profesional en planes de formación técnica art. 4 3 meses desde entrada en vigor

Línea de vida

2026-01-13PublicacionPublicación en el BOE
2026-04-13Entra en vigorEntrada en vigor (disposicion final primera)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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