El Real Decreto 2/2026 establece el certificado profesional para instalación y mantenimiento de sistemas geotérmicos en circuito cerrado, de la familia Energía y Agua. Se fija el currículo y las ofertas de grados A y B. El plazo para su incorporación en los planes formativos es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).
Aplica a este perfil
art. 1
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 1
Aplica a este perfil
art. 1
Las empresas del sector de energía y agua deben integrar el nuevo certificado profesional en sus planes de formación técnica para cumplir con la normativa vigente. Los centros de formación deben actualizar sus programas según el currículo establecido (art. 3). El plazo de adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor. No afecta a trabajadores directamente, pero implica cambios en la formación técnica de personal operativo.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incorporar el certificado profesional en planes de formación técnica | art. 4 | 3 meses desde entrada en vigor |
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