Ir al contenido
MEDIO
Administrativo energia

Empresas en sector energía y agua: 3 meses para incorporar el certificado profesional de instalación y mantenimiento geotérmico en circuito cerrado

BOE-A-2026-675

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 13 ene 2026, 19:37

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-675
Publicacion
13 ene 2026
Entrada en vigor
13 ene 2026 (en vigor)

Resumen

El Real Decreto 2/2026 establece el Certificado Profesional en Instalación y Mantenimiento de Sistemas de Intercambio Geotérmico en Circuito Cerrado, dentro de la familia profesional Energía y Agua. Se fija su currículo y las ofertas de grados A y B, conforme al Real Decreto 659/2023 y a la Ley Orgánica 3/2022. Este certificado permite formar profesionales en una tecnología clave para la transición energética, con un plazo de adaptación de tres meses para las empresas que lo integren en sus programas formativos.

En 3 claves

  1. Se establece el certificado profesional en instalación y mantenimiento geotérmico en circuito cerrado (art. 1)
  2. Se fija el currículo y las ofertas de grados A y B del certificado (art. 2)
  3. Aplica conforme al Real Decreto 659/2023 y a la Ley Orgánica 3/2022 (art. 1)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector energía y agua
  • Que ofrezcan formación profesional en instalaciones geotérmicas

art. 1

Aplica a este perfil

  • Autónomos que ofrezcan formación en instalaciones geotérmicas

Como afecta a los implicados

Para empresas del sector energía y agua, implica la necesidad de incorporar nuevos programas formativos que incluyan este certificado profesional, especialmente en instalaciones geotérmicas. Los centros de formación deben actualizar sus currículos y ofertas de grados A y B. Los profesionales interesados en esta especialidad pueden acceder a nuevas oportunidades laborales. Los asesores de formación deben informar sobre la disponibilidad del certificado y sus requisitos.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Incorporar el certificado profesional en programas de formación art. 1 3 meses desde entrada en vigor

Linea de vida

2026-01-13PublicacionPublicacion en el BOE
2026-01-13Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

Esta norma te afecta?

El equipo administrativo revisa tu situacion concreta.

Hablar con el equipo administrativo
Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto