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BOE-A-2026-5409 ·7 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Colegio de Ingeniería Geomática y Topográfica: 30 días para gestionar subvención de formación digital

El Convenio entre Red.es y el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topografía establece la gestión de una subvención para formación digital en colegios profesionales. Este acuerdo se publica para cumplir con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, y se basa en el Real Decreto 876/2024. La subvención está destinada a desarrollar programas de competencias digitales en los colegios profesionales.

En 2 claves

  1. Gestión de subvención para formación digital en colegios profesionales (art. 48.8 Ley 40/2015)
  2. Convenio suscrito el 19 de febrero de 2026 entre Red.es y el Colegio (fecha 19 de febrero de 2026)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con personal en ingeniería geomática o topográfica

Aplica a este perfil

  • Relacionados con el ámbito de la ingeniería geomática o topográfica

Cómo afecta a los implicados

Los colegios profesionales y sus asociaciones benefician con la gestión directa de la subvención para formación digital. El Colegio de Ingeniería Geomática y Topográfica asume responsabilidades de gestión y seguimiento del programa. Los asesores de formación deben actualizarse sobre los nuevos canales de gestión y plazos de ejecución. Las administraciones públicas reducen su carga administrativa mediante la delegación de tareas a entidades colaboradoras.

Línea de vida

2026-03-07PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-07Entra en vigorEntrada en vigor (fecha de publicación del texto en el BOE)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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