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Colegio de Ingeniería Geomática y Topográfica: 30 días para gestionar subvención de formación digital

BOE-A-2026-5409

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 7 mar 2026, 11:54

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-5409
Publicacion
7 mar 2026
Entrada en vigor
7 mar 2026 (en vigor)

Resumen

El Convenio entre Red.es y el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topografía establece la gestión de una subvención para formación digital en colegios profesionales. Este acuerdo se publica para cumplir con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, y se basa en el Real Decreto 876/2024. La subvención está destinada a desarrollar programas de competencias digitales en los colegios profesionales.

En 2 claves

  1. Gestión de subvención para formación digital en colegios profesionales (art. 48.8 Ley 40/2015)
  2. Convenio suscrito el 19 de febrero de 2026 entre Red.es y el Colegio (fecha 19 de febrero de 2026)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con personal en ingeniería geomática o topográfica

Aplica a este perfil

  • Relacionados con el ámbito de la ingeniería geomática o topográfica

Como afecta a los implicados

Los colegios profesionales y sus asociaciones benefician con la gestión directa de la subvención para formación digital. El Colegio de Ingeniería Geomática y Topográfica asume responsabilidades de gestión y seguimiento del programa. Los asesores de formación deben actualizarse sobre los nuevos canales de gestión y plazos de ejecución. Las administraciones públicas reducen su carga administrativa mediante la delegación de tareas a entidades colaboradoras.

Linea de vida

2026-03-07PublicacionPublicacion en el BOE
2026-03-07Entra en vigorEntrada en vigor (fecha de publicación del texto en el BOE)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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