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Administrativo telecomunicaciones

Colegio de Ingenieros de Telecomunicación: 30 días para gestionar subvención de formación digital

BOE-A-2026-4653

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 27 feb 2026, 11:09

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-4653
Publicacion
27 feb 2026
Entrada en vigor
27 feb 2026 (en vigor)

Resumen

La Entidad Pública Empresarial Red.es publica el convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación para gestionar una subvención destinada a formación digital en colegios profesionales. Este acuerdo se basa en el Real Decreto 876/2024 y se publica conforme al artículo 48.8 de la Ley 40/2015. El convenio permite la gestión del programa de formación por parte del COIT, en cumplimiento del régimen jurídico del sector público.

En 2 claves

  1. El COIT gestiona la subvención para formación digital en colegios profesionales (art. 48.8 Ley 40/2015)
  2. Convenio suscrito el 29 de enero de 2026 entre Red.es y COIT (fecha 29 de enero de 2026)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas con empleados en telecomunicaciones
  • Que participen en programas de formación digital

Aplica a este perfil

  • Relacionados con el sector de telecomunicaciones
  • Con participación en programas de formación digital

Como afecta a los implicados

Los ingenieros de telecomunicación y los colegios profesionales afectados obtienen un canal de gestión más directo para la subvención de formación digital. Las administraciones públicas reducen la carga administrativa mediante la delegación del proceso a un colegio profesional. Los asesores de formación deben estar actualizados sobre el nuevo canal de gestión y los plazos de ejecución del programa.

Linea de vida

2026-02-27PublicacionPublicacion en el BOE
2026-02-27Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 5 de febrero de 2026)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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