Las autoridades de vigilancia en accesibilidad: 3 meses para adaptar el régimen de coordinación
Ficha tecnica
Resumen
El Real Decreto 143/2026 modifica el artículo 90 del Reglamento del Real Decreto 145/1996 para crear una Unidad técnica de apoyo y coordinación entre las autoridades de vigilancia en materia de accesibilidad, conforme al artículo 28 de la Ley 11/2023. Este cambio busca mejorar la coordinación y eficiencia en el cumplimiento de los requisitos de accesibilidad. La nueva unidad se establece para facilitar la colaboración entre las distintas administraciones competentes.
En 2 claves
- Se crea una Unidad técnica de apoyo y coordinación entre autoridades de vigilancia en accesibilidad (art. 90 del RD 145/1996 modificado)
- La modificación se realiza conforme al artículo 28 de la Ley 11/2023 (art. 28 Ley 11/2023)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas que operen en espacios públicos o eventos con requisitos de accesibilidad
Aplica a este perfil
- Autónomos que ofrezcan servicios en espacios públicos o eventos
Aplica a este perfil
- Empresas con presencia en eventos o espacios públicos con requisitos de accesibilidad
Como afecta a los implicados
Para las autoridades de vigilancia en materia de accesibilidad, se mejora la coordinación y eficiencia en el control de cumplimiento. Las administraciones afectadas deben organizar su trabajo en torno a esta nueva unidad técnica. Los asesores en derechos de personas con discapacidad podrán ofrecer mejor apoyo a los usuarios y a las entidades que deben cumplir con los requisitos de accesibilidad.
Linea de vida
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