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BOE-A-2026-3892 ·19 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas y particulares: 18 de febrero de 2026 para actualizar tasas de cambio del euro

La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio oficiales del euro correspondientes al 18 de febrero de 2026, según el Banco Central Europeo, y establece los valores oficiales para conversiones internacionales (art. 36 Ley 46/1998). Estos valores sustituyen los anteriores y deben usarse en operaciones financieras, contratos y comunicaciones oficiales.

En 2 claves

  1. 1 euro = 1,1845 dólares USA (cambio oficial desde 18/02/2026) (CAMBIOS 1 euro = 1,1845 dólares USA)
  2. Todas las conversiones internacionales deben usar las tasas oficiales del 18 de febrero de 2026 (art. 36 Ley 46/1998)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que realicen operaciones en divisas
  • Que tengan contratos internacionales o pagos en moneda extranjera

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  • Autónomos que cobren en divisas extranjeras
  • Que realicen operaciones de cambio de moneda

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  • Personas que realicen pagos o compras en divisas
  • Que tengan cuentas en moneda extranjera

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  • Empresas con operaciones internacionales
  • Que utilicen tasas de cambio en contratos o facturas

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  • No residentes que realicen operaciones en divisas
  • Que tengan relaciones comerciales con España

Cómo afecta a los implicados

Los empresarios, particulares y administraciones deben actualizar sus cálculos de conversión de divisas a partir del 18 de febrero de 2026. Los comerciantes que operan en divisas deben revisar sus precios y contratos. Los asesores financieros deben incorporar las nuevas tasas en sus informes y recomendaciones. Las empresas con operaciones internacionales deben verificar sus registros de exportación/importación y pagos.

Línea de vida

2026-02-19PublicacionPublicación en el BOE
2026-02-18Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 18 de febrero de 2026, del Banco de España)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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