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Empresas que participan en programas de talento de ICEX: 30 días para adaptar sus solicitudes a las nuevas bases

BOE-A-2026-3718

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 17 feb 2026, 10:16

Ficha tecnica

Tipo
orden (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-3718
Publicacion
17 feb 2026
Entrada en vigor
17 mar 2026 (en vigor)

Resumen

La Orden ECM/97/2026 deroga las bases anteriores (ICT/771/2022 y ICT/100/2020) y establece nuevas reglas para la concesión de ayudas en programas de talento para la internacionalización. Las empresas que participen en estos programas deben adaptar sus solicitudes de ayuda según las nuevas bases reguladoras, cuyo plazo de aplicación es de 30 días desde la publicación (art. 2).

En 2 claves

  1. Las solicitudes de ayuda deben adaptarse a las nuevas bases reguladoras en un plazo de 30 días (art. 2)
  2. Se derogan las Ordenes ICT/771/2022 y ICT/100/2020 sobre programas de talento (art. 1)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que participen en programas de talento para internacionalización de ICEX

art. 2

Aplica a este perfil

  • Autónomos que participen en programas de talento de ICEX

Como afecta a los implicados

Las empresas que participan en programas de talento de ICEX deben actualizar sus solicitudes de ayuda para cumplir con las nuevas bases. Los asesores de empresas deben revisar los procedimientos de solicitud y asegurarse de que se sigan las nuevas condiciones. Las administraciones de ICEX podrán evaluar las solicitudes bajo el nuevo marco normativo, lo que puede afectar la velocidad y criterios de concesión de ayudas.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Revisar y adaptar solicitudes de ayuda a las nuevas bases reguladoras de ICEX art. 2 30 días desde la publicación

Linea de vida

2026-02-17PublicacionPublicacion en el BOE
2026-03-17Entra en vigorEntrada en vigor (art. 2)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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