Ir al contenido
BOE-A-2026-1751 ·24 de enero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas y particulares: 1 mes para actualizar tasas de cambio oficiales en euros

La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio del euro correspondientes al 23 de enero de 2026, establecidas por el Banco Central Europeo, que ahora tienen efecto oficial (art. 36 de la Ley 46/1998). Este cambio afecta a todos los que realicen operaciones con divisas, ya que se actualizan los tipos de cambio oficiales para el euro. Las tasas publicadas sustituyen las anteriores y deben usarse en operaciones financieras, comerciales o de conversión de divisas.

En 2 claves

  1. Las tasas de cambio del euro se actualizan oficialmente el 23 de enero de 2026 (texto fuente)
  2. Las nuevas tasas se aplican en operaciones financieras y comerciales desde la publicación (art. 36 Ley 46/1998)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que realicen operaciones con divisas

Aplica a este perfil

  • Autónomos que realicen operaciones con divisas

Aplica a este perfil

  • Particulares que realicen operaciones de conversión de divisas

Cómo afecta a los implicados

Los comerciantes, empresas y particulares que realizan operaciones internacionales deben actualizar sus cálculos de tasas de cambio a partir de la fecha de publicación. Las administraciones y servicios financieros que usan tasas oficiales deberán aplicar las nuevas tasas en sus operaciones. Los asesores de finanzas y gestores de empresas deben revisar sus cálculos para evitar errores en facturas, pagos o conversiones. Los operadores de divisas y comerciantes en línea deben actualizar sus sistemas de cálculo en el plazo de 1 mes.

Línea de vida

2026-01-24PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-24Entra en vigorEntrada en vigor (texto fuente)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo administrativo revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo administrativo
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto