Se atribuye exclusivamente a la Plaza n.º 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria el conocimiento de casos de violencia contra la infancia y adolescencia previstos en el art. 89 bis 1. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este acuerdo entra en vigor el 1 de enero de 2026 o al día siguiente de su publicación, si es posterior (art. 2).
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Los fiscales y jueces en Las Palmas de Gran Canaria deben gestionar exclusivamente los casos de violencia contra la infancia y adolescencia. Las administraciones judiciales deben reorganizar su reparto de asuntos para cumplir con esta atribución. Los defensores y víctimas podrán acceder a un proceso más cercano y especializado. Los asesores judiciales deben actualizar sus procedimientos para dirigirse a la nueva plaza asignada.
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