La Resolución de 16 de enero de 2026 revisa el cociente entre consumo de energía y valor añadido bruto para determinar la categoría de consumidor electrointensivo, estableciendo que esta evaluación se aplicará a partir del 1 de enero de 2026, conforme al artículo 3.2.d) del Real Decreto 1106/2020. Este cambio afecta a empresas y usuarios industriales que consumen energía eléctrica y deben cumplir con el nuevo criterio para acceder a beneficios específicos.
Aplica a este perfil
art. 3.2.d) del Real Decreto 1106/2020
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art. 3.2.d) del Real Decreto 1106/2020
Los consumidores electrointensivos en sectores industriales deben revisar su consumo energético y valor añadido bruto para cumplir con el nuevo cociente a partir del 1 de enero de 2026. Las empresas industriales que no cumplan podrían perder acceso a beneficios fiscales o de regulación. Los asesores deben actualizar sus cálculos y recomendaciones para estos clientes, asegurándose de que los datos estén alineados con el nuevo criterio.
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