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BOE-A-2026-14232 ·30 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas y particulares: 1 mes para actualizar tasas de cambio oficiales en euros

La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio del euro respecto a otras monedas efectivas a partir del 29 de junio de 2026, conforme al artículo 36 de la Ley 46/1998. Estas tasas tienen carácter oficial y deben ser utilizadas en operaciones financieras, contratos y declaraciones tributarias. El cambio afecta a todos los usuarios de monedas extranjeras en España, especialmente en operaciones comerciales y de inversión.

En 2 claves

  1. 1 euro = 1,1406 dólares USA (art. 36 Ley 46/1998) (art. 36 Ley 46/1998)
  2. Todas las tasas de cambio son oficiales desde el 29 de junio de 2026 (art. 36 Ley 46/1998)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que realizan operaciones en monedas extranjeras
  • Inversiones o compras de bienes a precio en moneda extranjera

art. 36 Ley 46/1998

Aplica a este perfil

  • Autónomos que cobran en moneda extranjera
  • Operaciones de venta o compra de bienes a precio en moneda extranjera

art. 36 Ley 46/1998

Aplica a este perfil

  • Particulares que realizan operaciones internacionales
  • Cambio de divisas o pagos en moneda extranjera

art. 36 Ley 46/1998

Cómo afecta a los implicados

Los empresarios y particulares que realizan operaciones internacionales deben actualizar sus cálculos de tasas de cambio a partir del 29 de junio de 2026. Las administraciones tributarias y financieras usarán estas tasas para verificar declaraciones. Los asesores deben revisar sus cálculos y asegurarse de que los registros reflejen las nuevas tasas. Los comerciantes que operan en monedas extranjeras podrían ver ajustes en sus precios o costes.

Línea de vida

2026-06-30PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-30Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 29 de junio de 2026, del Banco de España)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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