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Subvenciones agricultura

Asociaciones de criadores: 30 días para presentar solicitud de subvención mediante el convenio con la Real Federación Española de Asociaciones de G…

BOE-A-2026-13636

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 23 jun 2026, 20:13

Ficha tecnica

Tipo
Real Decreto (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-13636
Publicacion
23 jun 2026
Entrada en vigor
23 jun 2026 (en vigor)

Resumen

La resolución publica el convenio entre el Ministerio de Agricultura y la Real Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto para gestionar subvenciones a asociaciones de criadores en 2026. Este acuerdo permite que las asociaciones presenten sus solicitudes a través de la entidad colaboradora, facilitando el acceso a las ayudas. El proceso se regula bajo el Real Decreto 794/2021 y el artículo 48.8 de la Ley 40/2015 sobre el régimen jurídico del sector público.

En 2 claves

  1. Las asociaciones de criadores deben presentar solicitudes a través del convenio con la Real Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto (art. 48.8 Ley 40/2015)
  2. El convenio se aplica para el año 2026 y está regulado por el Real Decreto 794/2021 (Real Decreto 794/2021)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de producción ganadera con asociaciones de criadores reconocidas

Aplica a este perfil

  • Autónomos que pertenezcan a asociaciones de criadores reconocidas

Aplica a este perfil

  • Empresas ganaderas con asociaciones de criadores reconocidas

Como afecta a los implicados

Para las asociaciones de criadores reconocidas, se simplifica el trámite de solicitud de subvención mediante un canal de gestión más accesible. Las administraciones reducen la carga administrativa al delegar en una entidad colaboradora. Los asesores agrícolas deben informar a sus clientes sobre el nuevo canal de presentación y verificar que cumplen con los requisitos de reconocimiento. Las asociaciones que no se registren en el sistema de reconocimiento no podrán acceder a las ayudas.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Verificar si la asociación de criadores está reconocida por el Ministerio Real Decreto 794/2021
Presentar solicitud de subvención a través del convenio con la Real Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto art. 48.8 Ley 40/2015

Linea de vida

2026-06-23PublicacionPublicacion en el BOE
2026-06-23Entra en vigorEntrada en vigor (art. 48.8 Ley 40/2015)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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