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BOE-A-2026-13459 ·20 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas y particulares: 1 mes para actualizar tasas de cambio oficiales en euros

La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio del euro correspondientes al 19 de junio de 2026, aprobadas por el BCE, que ahora tienen efecto oficial (art. 36 de la Ley 46/1998). Estas tasas sustituyen las anteriores y deben ser utilizadas en operaciones financieras, contratos y declaraciones tributarias. El cambio afecta a todos los usuarios de las tasas de cambio en euros, especialmente en operaciones internacionales.

En 2 claves

  1. Las tasas de cambio oficiales se actualizan el 19 de junio de 2026 y tienen efecto inmediato (art. 36 Ley 46/1998)
  2. Las tasas publicadas por el BCE son las que deben usarse en operaciones financieras y tributarias (art. 36 Ley 46/1998)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que realicen operaciones internacionales
  • Que utilicen tasas de cambio en contratos o pagos

art. 36 Ley 46/1998

Aplica a este perfil

  • Autónomos que realicen operaciones internacionales
  • Que utilicen tasas de cambio en facturas o pagos

art. 36 Ley 46/1998

Aplica a este perfil

  • Particulares que realicen operaciones internacionales
  • Que utilicen tasas de cambio en viajes o compras

art. 36 Ley 46/1998

Cómo afecta a los implicados

Los empresarios y particulares que realicen operaciones internacionales deben actualizar sus cálculos de tasas de cambio a partir del 19 de junio de 2026. Las administraciones tributarias y financieras deberán aplicar estas tasas en declaraciones y pagos. Los asesores deben revisar sus cálculos y asegurarse de que los clientes usen las tasas oficiales. Los errores en el cálculo pueden generar sanciones o desviaciones en el cumplimiento fiscal.

Línea de vida

2026-06-20PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-20Entra en vigorEntrada en vigor (art. 36 Ley 46/1998)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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