La Resolución del Banco de España publica las tasas de cambio del euro frente a otras monedas efectivas a partir del 18 de junio de 2026, conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 46/1998. Estas tasas tienen carácter oficial y deben ser utilizadas en operaciones financieras, contratos y comunicaciones oficiales. El cambio afecta a todos los sectores que utilicen tasas de cambio en sus operaciones internacionales o comerciales.
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art. 36 Ley 46/1998
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Los empresarios y particulares que realicen operaciones internacionales deben actualizar sus cálculos financieros con las nuevas tasas oficiales a partir del 18 de junio. Las administraciones y entidades financieras deben adoptar las tasas en sus registros y comunicaciones oficiales. Los asesores de finanzas deben revisar sus cálculos y ajustar sus informes. Los comerciantes que operan en monedas extranjeras enfrentan un riesgo de error si no actualizan sus conversiones.
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