El Real Decreto 400/2026 establece que las salas de exhibición cinematográfica pueden solicitar subvenciones para fomentar el acceso del público de 65 años o más al cine. La solicitud debe presentarse en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor, conforme al artículo 2.2. La norma se enmarca en el régimen previsto por el artículo 67 del Real Decreto 887/2006 y el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre cultura y ocio.
Aplica a este perfil
art. 67 R.D. 887/2006
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 67 R.D. 887/2006
Las salas de exhibición cinematográfica deben presentar solicitudes de subvención dentro de tres meses para acceder a ayudas destinadas a fomentar el acceso del público de 65 años o más al cine. El plazo de presentación es clave: si no se cumple, se pierde el derecho a la subvención. Las administraciones públicas de cultura no sufren cambios en su estructura, pero deben garantizar el cumplimiento del plazo establecido. El acceso al cine para personas mayores se fortalece mediante esta medida.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de subvención para acceso al cine de personas de 65 años o más | art. 2.2 | 3 meses desde entrada en vigor |
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