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BOE-A-2026-1075 ·19 de enero de 2026 ·otro Impacto bajo
Administrativo

Las administraciones de Baleares: 3 meses para eliminar sanciones por incumplimiento de medidas sanitarias de COVID-19

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el artículo 4 c) del Decreto-ley 11/2020, que establecía sanciones por incumplimiento de medidas sanitarias de COVID-19. Las comunidades autónomas deben derogar dichas sanciones en un plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la sentencia (art. 4.1). Este cambio elimina la capacidad de sancionar por incumplimiento de medidas sanitarias de crisis, afectando directamente a las administraciones locales.

En 2 claves

  1. Se declara inconstitucional el artículo 4 c) del Decreto-ley 11/2020 (análisis del art. 4 c) del Decreto-ley 11/2020)
  2. Las comunidades deben derogar las sanciones en 3 meses (art. 4.1)

A quién afecta

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  • Empresas en las Illes Balears
  • Que operen bajo medidas sanitarias de COVID-19

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  • Autónomos en las Illes Balears
  • Que hayan sido sancionados por incumplimiento de medidas sanitarias

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  • Empresas con más de 250 trabajadores en Baleares

Cómo afecta a los implicados

Las administraciones de las Illes Balears deben eliminar las sanciones por incumplimiento de medidas sanitarias de COVID-19 en un plazo de tres meses. Los ciudadanos y empresas no enfrentan nuevas sanciones por estas medidas, pero las autoridades locales pierden un instrumento de control. Los asesores y defensores de derechos deben actualizar sus análisis sobre sanciones sanitarias en el contexto de crisis.

Línea de vida

2026-01-19PublicacionPublicación en el BOE
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