Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La base de la deducción por innovación tecnológica comprende los gastos directamente relacionados con la actividad, aplicados efectivamente y específicamente individualizados por proyectos. Se permite integrar en la base los gastos de arrendamiento de espacios destinados a laboratorio utilizados para el desarrollo de dichas actividades. Para la aplicación de incentivos, se requiere que el informe motivado acredite que los gastos corresponden a actividades sobre las que los órganos competentes se han pronunciado.
La posición de la DGT se mantiene estable en la definición de los conceptos de I+D e innovación tecnológica. La evolución se centra en la precisión de los elementos de la base de la deducción y la gestión de los límites grupales. Las consultas más recientes han precisado la inclusión de gastos de arrendamiento de laboratorios y la necesidad de individualización por proyectos.
Puntos de inflexión
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Establece la distinción de la base para innovación tecnológica, limitándola a gastos de diagnóstico, diseño, ingeniería, adquisición de tecnología avanzada y certificados de calidad.
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Precisa que los gastos de arrendamiento de espacios de laboratorio pueden integrarse en la base siempre que estén individualizados por proyectos.
Análisis basado en 31 de 32 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.