Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención de la indemnización por despido exige la desvinculación real y efectiva del trabajador con la empresa. Se mantiene la presunción de falta de desvinculación si el trabajador presta servicios a la misma empresa o a una vinculada en los tres años siguientes al cese. Esta presunción admite prueba en contrario para demostrar que la nueva relación no invalida la desvinculación inicial.
La posición de la DGT se mantiene constante en el requisito de desvinculación real y efectiva. La evolución muestra un matiz importante: la Administración aclara que, aunque no se aplique la presunción de los tres años por contratar con una entidad independiente, la exención sigue condicionada a la existencia de una desvinculación real que debe probarse como un hecho.
Puntos de inflexión
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Aclara que la exención sigue condicionada a la desvinculación real incluso si se contrata con un agente independiente y no se aplica la presunción de los tres años.
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Refuerza que la acreditación de la desvinculación es una cuestión de hecho valorable por la Administración mediante cualquier medio de prueba, incluso fuera del plazo de presunción.
Análisis basado en 34 de 34 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.