La Orden ECM/941/2026 autoriza la emisión de Obligaciones del Estado con un vencimiento a veinte años utilizando el procedimiento de sindicación (art. 5.1.c de la Orden ECM/2/2026). Esta medida se fundamenta en la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 para el ejercicio 2026 (art. 134.4 CE y art. 38 de la Ley 47/2003). La emisión se realizará mediante la cesión de parte o la totalidad de la deuda a varias entidades financieras a un precio convenido.
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art. 5.1.c
Para las entidades financieras, se habilita la participación en la suscripción de deuda mediante el procedimiento de sindicación, con suscripciones en múltiplos de 1.000 euros (art. 4). El Tesoro Público mantiene la capacidad de realizar operaciones de estabilización de precio, aunque estas no se realizarán por cuenta del Tesoro (art. 5). La emisión tendrá la calificación de bonos segregables, permitiendo operaciones de segregación de principal y cupones previa autorización (art. 3.d).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Suscripción de la Obligación del Estado en múltiplos de 1.000 euros | art. 4 |
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