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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre sujeción pasiva

50 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «sujeción pasiva», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza baja 50 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La sujeción pasiva al IVA depende de la naturaleza de la operación y la localización del servicio o bien. En servicios de transporte, la sujeción se determina por la residencia de la sede de actividad o establecimiento permanente del destinatario. En servicios de mediación, se analiza la utilización o explotación efectiva en territorio español. Para servicios de salud, la exención requiere finalidad terapéutica y cualificación profesional.

No existe una evolución doctrinal única, ya que las consultas abordan supuestos de hecho totalmente distintos (servicios inmobiliarios, laboralidad, educación, ferias, cesión de teatros, mediación, transporte y salud). La posición de la DGT se mantiene consistente en cada caso concreto analizado, aplicando las reglas de localización y exención correspondientes a cada materia.

Análisis basado en 47 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

50 consultas

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