Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las entidades de nueva creación tributan al tipo reducido del 15% en sus dos primeros periodos con base positiva. Este beneficio se excluye si la actividad fue transmitida por personas o entidades vinculadas o si la actividad era ejercida el año anterior por una persona física con más del 50% de participación. Asimismo, no aplica si la entidad forma parte de un grupo según el Código de Comercio.
La posición de la DGT se mantiene constante en la interpretación de las exclusiones para el tipo reducido del 15%. Las consultas reiteran que la transmisión de actividad desde personas vinculadas impide el acceso a este beneficio. No se observan cambios doctrinales, sino una aplicación uniforme de los requisitos del artículo 29.1 de la LIS.
Puntos de inflexión
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Establece que las operaciones entre vinculados deben valorarse por su valor normal de mercado según el artículo 18 de la LIS.
Análisis basado en 38 de 42 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.