Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La factura debe contener una descripción de los servicios con detalle suficiente para determinar su naturaleza, cuantía y tipo impositivo, sin necesidad de ser exhaustiva. Si la descripción permite verificar la operación e incluye la referencia a la exención, no es obligatoria la factura rectificativa. La obligación de rectificar solo surge cuando la factura original carece de datos esenciales.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la validez de los documentos, siempre que cumplan con las menciones obligatorias del Reglamento de facturación. Se ha precisado que la descripción de los servicios no requiere ser exhaustiva si permite identificar la naturaleza y el tipo impositivo de la operación. No se observan cambios de fondo en la exigencia de correlatividad y contenido mínimo.
Puntos de inflexión
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Establece que la descripción de servicios no debe ser exhaustiva si permite determinar su naturaleza y cuantía. Determina que no es necesaria la factura rectificativa si la descripción actual permite verificar la operación.
Análisis basado en 70 de 71 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.