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V2223-23 27 de julio de 2023 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Criterio vigente
IRPF · Renta · estimación objetiva

Se requiere factura del proveedor para aplicar la reducción por adquisición de fertilizantes en el IRPF

Un agricultor en estimación objetiva pregunta si la certificación de una comunidad de regantes sobre el fertilizante incorporado al agua es suficiente para la reducción. La DGT responde que no es suficiente y que es necesaria la factura del proveedor.

La cuestión planteada

Cuestión planteada Si para la aplicación de la reducción por fertilizantes, es suficiente que la comunidad de regantes certifique la parte de fertilizante que incorpora al agua por metro cúbico.

El criterio de la DGT

Para aplicar la reducción del 15% por adquisición de fertilizantes, el contribuyente debe disponer de una factura que cumpla los requisitos del artículo 6.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. La certificación de la Comunidad de Regantes que desglosa el importe de agua-fertilizante consumido no sustituye a la obligación de presentar la factura emitida por el proveedor de los fertilizantes.

Implicaciones prácticas

  • La certificación de la comunidad de regantes carece de validez para acreditar la reducción del 15% en el IRPF.
  • Es obligatorio poseer la factura emitida directamente por el proveedor de los fertilizantes.
  • La factura debe cumplir estrictamente con los requisitos del artículo 6.1 del Real Decreto 1619/2012.

Puntos de planificación

  • Valorar la gestión de la documentación de compra de insumos agrícolas.
  • Evaluar la suficiencia de los justificantes de gastos actuales para la reducción por fertilizantes.

Checklist

  • Verificar que se dispone de la factura del proveedor de fertilizantes.
  • Comprobar que la factura cumple con el artículo 6.1 del Real Decreto 1619/2012.
  • Confirmar que la certificación de la comunidad de regantes no es el único documento de soporte.
  • Asegurar que el importe de la factura coincide con el gasto deducible pretendido.

Por qué importa

Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.

Texto íntegro de la consulta (fuente: DGT)

SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V2223-23 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 27/07/2023 Normativa Orden HFP/1172/2022, D.A. 3ª, 7ª Descripción de hechos El consultante desarrolla una actividad agrícola y determina el rendimiento neto por el método de estimación objetiva. Es socio de una comunidad de regantes. El suministro de agua facilitado por la misma incluye fertilizantes, conociéndose la parte de fertilizantes que incorporan al agua. Cuestión planteada Si para la aplicación de la reducción por fertilizantes, es suficiente que la comunidad de regantes certifique la parte de fertilizante que incorpora al agua por metro cúbico. Contestación completa En las disposiciones adicionales tercera y séptima de la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 1 de diciembre) se establece una reducción por adquisición de fertilizantes del rendimiento neto previo para las actividades agrícolas y ganaderas que determinen el rendimiento neto de la actividad en los años 2023 (DA tercera) y 2022 (DA séptima). La redacción de la mencionada reducción por adquisición de fertilizantes es idéntica para ambos períodos impositivos (salvo la referencia al período impositivo), estableciéndose: 1ª El rendimiento neto previo, calculado conforme a lo previsto en la Instrucción 2.1 para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo I de esta Orden podrá reducirse: - En el 35 por 100 del precio de adquisición del gasóleo agrícola necesario para el desarrollo de dichas actividades que aparezca debidamente documentado en las facturas expedidas con motivo de dicha adquisición que cumplan los requisitos previstos en el artículo 6.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. - En el 15 por 100 del precio de adquisición de los fertilizantes necesarios para el desarrollo de dichas actividades que aparezca debidamente documentado en las facturas expedidas con motivo de dicha adquisición que cumplan los requisitos previstos en el artículo 6.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Ambas reducciones únicamente procederán cuando se trate de adquisiciones efectuadas en el ejercicio 2023 (2022), documentadas en facturas emitidas en dicho período.”. De acuerdo con lo previsto en esta norma, para poder aplicar esta reducción por adquisición de fertilizantes es necesario que el contribuyente afectado disponga de la correspondiente factura, que cumpla los requisitos previstos en el artículo 6.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Esta acreditación no puede considerarse cumplida simplemente con la certificación expedida por la Comunidad de Regantes desglosando el importe total agua-fertilizante consumido por sus socios en el año, sino que para la minoración establecida se necesita una factura, con los requisitos establecidos en el artículo 6.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, emitida por el proveedor de los fertilizantes adquiridos por el titular de la actividad. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

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