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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre límite de ingresos

45 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «límite de ingresos», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 50 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Cuando existen más de un pagador, el límite general para no estar obligado a declarar es de 15.000 euros anuales. No obstante, el límite se mantiene en 22.000 euros si la suma de los rendimientos del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros anuales. La pluralidad de pagadores se determina por la personalidad jurídica propia de cada entidad.

La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de pagador basada en la personalidad jurídica. El criterio sobre los límites de ingresos para la obligación de declarar ha variado conforme a las modificaciones de la normativa, pasando de los 12.000 euros en 2018 a los 15.000 euros actuales. La estructura de excepción para ingresos del segundo pagador inferiores a 1.500 euros ha sido una constante en la doctrina.

Puntos de inflexión

  1. V2723-18

    Se establece que el límite para no declarar baja de 22.000 a 12.000 euros anuales cuando existen dos pagadores y el segundo supera los 1.500 euros.

Análisis basado en 46 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

45 consultas

V1948-18 2 jul 2018

Obligación de declarar IRPF ante la existencia de dos pagadores sucesivos

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
pagadores sucesivosrendimientos del trabajoobligación de declararempresa de trabajo temporalretenciones LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 96LGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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