Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Cuando existen más de un pagador, el límite general para no estar obligado a declarar es de 15.000 euros anuales. No obstante, el límite se mantiene en 22.000 euros si la suma de los rendimientos del segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros anuales. La pluralidad de pagadores se determina por la personalidad jurídica propia de cada entidad.
La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de pagador basada en la personalidad jurídica. El criterio sobre los límites de ingresos para la obligación de declarar ha variado conforme a las modificaciones de la normativa, pasando de los 12.000 euros en 2018 a los 15.000 euros actuales. La estructura de excepción para ingresos del segundo pagador inferiores a 1.500 euros ha sido una constante en la doctrina.
Puntos de inflexión
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Se establece que el límite para no declarar baja de 22.000 a 12.000 euros anuales cuando existen dos pagadores y el segundo supera los 1.500 euros.
Análisis basado en 46 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.