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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre exención por despido

26 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «exención por despido», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 26 consultas · 2015–2025

Criterio vigente

La indemnización por resolución de mutuo acuerdo tiene naturaleza de rendimiento del trabajo y no está exenta según el artículo 7 e) de la LIRPF. La reducción del 30% por rendimientos notoriamente irregulares solo es aplicable si las cantidades se imputan en un único periodo impositivo. Si el pago se percibe de forma fraccionada en varios años, no procede dicha reducción.

La posición de la DGT se mantiene constante en la exclusión de la exención por despido para las resoluciones de mutuo acuerdo. La doctrina se ha centrado en precisar que la reducción por irregularidad exige la imputación en un único periodo impositivo. No se observan cambios en el criterio, sino una reiteración de las condiciones para aplicar la reducción del 30%.

Análisis basado en 25 de 26 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

26 consultas

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