Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los propietarios de viviendas en edificios de uso residencial pueden deducirse el 60% de las cantidades satisfechas por obras de rehabilitación energética que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30% o mejoren la calificación a clase 'A' o 'B'. La deducción se aplica sobre la parte proporcional de la inversión según el coeficiente de participación en la propiedad horizontal. Es imprescindible acreditar la mejora mediante un certificado de eficiencia energética.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a los requisitos sustantivos de la deducción por rehabilitación energética. La evolución se centra en la precisión de los requisitos formales, como la validez temporal de los certificados previos y la gestión de los periodos de práctica de la deducción según la expedición del certificado.
Puntos de inflexión
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Introduce un requisito de temporalidad para los certificados previos, estableciendo que solo son válidos si no han transcurrido dos años entre su expedición y el inicio de las obras.
Análisis basado en 57 de 62 consultas con criterio disponible. Actualizado 16 de septiembre de 2026.