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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre amortizaciones

58 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «amortizaciones», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza media 58 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

El valor de adquisición de un bien se determina por el importe real de la operación más los gastos y tributos inherentes, excluyendo intereses, en adquisiciones onerosas. En adquisiciones a título lucrativo, se aplica la normativa del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones sin exceder el valor de mercado. En el método de estimación objetiva, las amortizaciones del inmovilizado material e intangible son el único gasto deducible de forma expresa.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la determinación del valor de adquisición y la afectación de bienes. No se observa una evolución doctrinal sobre el concepto de amortización, sino una aplicación constante de reglas de valoración y requisitos de afectación para la deducibilidad de gastos.

Análisis basado en 55 de 58 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

58 consultas

V5385-16 21 dic 2016

Requisitos para la deducibilidad de los gastos de un vehículo de turismo

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
afectaciónelemento patrimonialvehículo de turismoamortizacionesactividad económica RIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 22LGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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