Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Una consultante desea otorgar una escritura para incorporar un informe de precios medios de mercado que no se incluyó en la compra original. La DGT responde que este nuevo documento no está sujeto al impuesto.
Si la nueva escritura tributará por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
La escritura no tributa por transmisiones patrimoniales onerosas porque ya se liquidó en la adquisición original. Tampoco tributa por operaciones societarias según el artículo 19.1 del TRLITPAJD. Finalmente, no tributa por actos jurídicos documentados porque no contiene contenido valuable, al limitarse a dejar constancia de la incorporación de un informe.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V0362-20 Órgano SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Fecha salida 17/02/2020 Normativa TRLITPAJD RDLeg 1/1993 art. 1, 7, 19 y 31.2 Descripción de hechos La consultante adquirió en el año 2018 un inmueble por el que tributó en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, por el importe de adquisición. Posteriormente comprueba que en la escritura de adquisición no se ha incluido la información obtenida sobre el precio medio de mercado de bienes inmuebles urbanos situados en la Región de Murcia expedida por la Dirección General de Tributos de la Consejería de Economía y Hacienda de la Región de Murcia. Dicho precio de mercado es inferior al efectivamente pagado. Actualmente se va a otorgar escritura notarial que complementa a la anterior escritura, haciendo constar, únicamente, que se incorpora el informe sobre los precios medios de mercado y que la compradora se acoge al mismo. En todo lo demás queda subsistente e inalterado el contenido de la escritura anterior. Cuestión planteada Si la nueva escritura tributará por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Contestación completa El artículo 1 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993 de 22 de septiembre (BOE de 24 de octubre), en adelante TRLITPAJD, establece que: “1. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un tributo de naturaleza indirecta que, en los términos establecidos en los artículos siguientes, gravará: 1.º Las transmisiones patrimoniales onerosas. 2.º Las operaciones societarias. 3.º Los actos jurídicos documentados. 2. En ningún caso, un mismo acto podrá ser liquidado por el concepto de transmisiones patrimoniales onerosas y por el de operaciones societarias.”. A su vez, el artículo 7 del TRLITPAJD recoge que: “1. Son transmisiones patrimoniales sujetas: A) Las transmisiones onerosas por actos inter vivos de toda clase de bienes y derechos que integren el patrimonio de las personas físicas o jurídicas. (…)”. Por otra parte, el apartado 1 del artículo 19 del TRLITPAJD establece que: “1. Son operaciones societarias sujetas: 1.º La constitución de sociedades, el aumento y disminución de su capital social y la disolución de sociedades. 2.º Las aportaciones que efectúen los socios que no supongan un aumento del capital social. 3.º El traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando ni una ni otro estuviesen previamente situados en un Estado miembro de la Unión Europea.”. Por último, el artículo 31 del TRLITPAJD establece que: “2. Las primeras copias de escrituras y actas notariales, cuando tengan por objeto cantidad o cosa valuable, contengan actos o contratos inscribibles en los Registros de la Propiedad, Mercantil, de la Propiedad Industrial y de Bienes Muebles no sujetos al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o a los conceptos comprendidos en los números 1 y 2 del artículo 1 de esta Ley, tributarán, además, al tipo de gravamen que, conforme a lo previsto en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, haya sido aprobado por la Comunidad Autónoma. Si la Comunidad Autónoma no hubiese aprobado el tipo a que se refiere el párrafo anterior, se aplicará el 0,50 por 100, en cuanto a tales actos o contratos.”. Vista la normativa expuesta, la escritura que pretenden realizar no tributará por el concepto de transmisiones patrimoniales onerosas porque la consultante ya tributó en su momento por la escritura de adquisición del inmueble por dicho concepto. Tampoco tributará por el concepto de operaciones societarias por no ser una operación sujeta a dicha modalidad según lo establecido en el artículo 19.1 del TRLITPAJD. Para que una operación quede sujeta a la modalidad de actos jurídicos documentados, se deben cumplir los siguientes requisitos: que se trate de una escritura o acta notarial, que sea valuable, que contenga actos inscribibles en el Registro de la Propiedad, Mercantil o Industrial y no estar sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ni a las modalidades de transmisiones patrimoniales onerosas, ni operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. La escritura que quiere realizar actualmente, no contendrá ningún contenido valuable, limitándose tan sólo a dejar constancia de la incorporación de un informe de precios medios emitido por la Dirección General de Tributos de la Región de Murcia, por lo que no reunirá uno de los requisitos que establece el artículo 31.2 del TRLITPAJD; en consecuencia, la mencionada escritura no quedará sujeta al gravamen de Actos Jurídicos Documentados, Documentos Notariales. Por lo tanto, dicha escritura no quedará sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso