Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención de la indemnización por despido exige una desvinculación real y efectiva. Se presume la inexistencia de dicha desvinculación si el trabajador vuelve a prestar servicios a la misma empresa o a una vinculada en los tres años siguientes al despido. Esta presunción admite prueba en contrario para acreditar que la nueva relación no anula la desvinculación original.
La posición de la DGT sobre la presunción de desvinculación en indemnizaciones por despido se mantiene constante desde 2014. Las consultas más recientes reafirman que la presunción de continuidad laboral durante tres años admite prueba en contrario para demostrar la realidad de la desvinculación.
Análisis basado en 30 de 31 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.