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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre patrimonio

14 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «patrimonio», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 14 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Bajo el régimen transitorio de la LIRPF, es deducible la inversión en vivienda habitual, incluyendo la amortización del principal e intereses. En el ejercicio de la venta, solo se deducen las cantidades satisfechas mientras la vivienda mantenga la condición de residencia habitual. Es obligatorio que el patrimonio al cierre del periodo exceda del valor inicial en la cuantía de las inversiones realizadas para asegurar que la inversión provenga de rentas del propio periodo.

La posición de la DGT se mantiene constante en torno a la aplicación del régimen transitorio de la LIRPF. Las consultas confirman de forma reiterada los requisitos de residencia habitual y la necesidad de que el patrimonio neto aumente en la cuantía de la inversión realizada. No se observan cambios de criterio, sino una aplicación uniforme de la norma sobre la deducibilidad de las cantidades satisfechas.

Análisis basado en 13 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

14 consultas

V0186-14 27 ene 2014

No hay efectos en el IRPF de los socios por una deuda reclamada a la sociedad

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
impuesto sobre la renta de las personas físicasreclamación de deudaparticipaciones socialessociedadrenta LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 1LGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular

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