Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El valor de adquisición de una vivienda construida por el propio contribuyente se compone del importe real del terreno, el coste de las obras de construcción y los gastos y tributos inherentes a la adquisición y a la declaración de obra nueva. La fecha de adquisición de la construcción es la de finalización de las obras, o la de la escritura de declaración de obra nueva si la primera no puede acreditarse. En casos de autopromoción, el coste de la construcción debe ser acreditado por el contribuyente.
La posición de la DGT se mantiene estable en la determinación de la base imponible, centrada en el valor real de coste. La doctrina ha precisado la composición del valor de adquisición y la importancia de la acreditación de la fecha de finalización de las obras frente a la escritura de declaración de obra nueva.
Puntos de inflexión
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Precisa que la modificación de la división horizontal y la declaración de obra nueva tributan por la cuota variable al ser escrituras inscribibles con objeto de cosa valuable.
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Establece que el valor de adquisición incluye la suma del coste del terreno, las obras, gastos y tributos, definiendo la fecha de adquisición según la acreditación de la finalización de obras.
Análisis basado en 29 de 30 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.