Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar el mínimo por ascendientes, estos deben ser mayores de 65 años o tener una discapacidad igual o superior al 33%, convivir con el contribuyente al menos la mitad del periodo impositivo y no tener rentas anuales superiores a 8.000 euros (excluidas las exentas). Asimismo, el ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros. El cumplimiento del mínimo por ascendientes es requisito previo para aplicar la deducción por discapacidad del ascendiente.
La posición de la DGT se mantiene estable en sus requisitos nucleares de edad, convivencia y límite de rentas de 8.000 euros. La evolución muestra una mayor precisión técnica al integrar el límite de no presentar declaración con rentas superiores a 1.800 euros y la vinculación necesaria entre el mínimo por ascendientes y la deducción por discapacidad.
Puntos de inflexión
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Introduce el requisito de que el ascendiente no debe presentar declaración de IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.
Análisis basado en 50 de 61 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.